Artículo 1.2:

Expresiones del Folclor, Propiedad Intelectual e Industrias Culturales y Creativas en el Ecuador

Resumen:

Las expresiones culturales y del folclor no son ajenas a las industrias culturales y creativas, son parte activa de éstas, y representan un medio de difusión y conservación de la identidad de los países y comunidades indígenas, así como un medio de producción y desarrollo. Si bien las industrias culturales y creativas han sido beneficiosas para la difusión y producción del folclor, también representan un riesgo para su conservación, integridad y apropiación indebida. En vista de lo antes anotado, se han adoptado distintos medios de protección, entre los que se encuentra la propiedad intelectual e industrial, a través del derecho de autor, los signos distintivos, los regímenes de observancia o sistemas sui generis adaptados a las particularidades del folclor.

Introducción:

Desde la década de los años 90, la protección del Conocimiento Tradicional, y, dentro de este, el folclor de las comunidades indígenas, tomó importancia en el área de la propiedad intelectual e industrial. La globalización y el valor económico que ha adquirido los distintos componentes del Conocimiento Tradicional, así como la difusión de éstos a través de la tecnología, el turismo y los medios de comunicación, generan la inminente necesidad de protegerlos en beneficio de las comunidades y de la conservación de su integridad…

Autor:

Avelina Ponce

Abogada por la Universidad de las Américas, Quito 2006; Máster en Propiedad Intelectual OMPI-Universidad de las Américas, Quito 2012; Máster en Dirección de Negocios Internacionales, Universidad Pablo de Olavide, Sevilla, 2016; Candidata PhD en Derecho Privado por la Universidad de Salamanca. Abogada asociada del Departamento de Propiedad Intelectual de Bustamante & Bustamante Patentes & Marcas; Secretaria Arbitral Cámara de Comercio de Quito.